Otros Trámites

Renovación o refrendación:

Debe realizarse de acuerdo con la categoría de la licencia: A2 : 10 años (Después de los 60 años, debe renovarse cada 5 años) B1: 10 años (Después de los 60 años, debe renovarse cada 5 años) C1 en adelante: 3 años (Después de los 60 años, debe renovarse cada año)

Traspasos:

Cuando se requiere que la licencia de tránsito (matrícula) de un vehículo pase a nombre de alguien más. Puede hacerse a nombre de una persona en específico o a persona indeterminada en caso de que por algún motivo no se conozca el paradero del vehículo o del nuevo poseedor.

Licencia Internacional:

Se otorga cuando la persona que ya tiene licencia colombiana requiere conducir un vehículo en otro país (vigencia de 1 año)

Liquidación de Impuestos:

El impuesto vehicular se cancela cada año. El valor a pagar depende del modelo, tipo de vehículo y otras disposiciones del Gobierno Nacional.

Cambio de Documento:

Las licencias A2 y B1 se otorgan a partir de los 16 años y quedan registradas con el tipo de documento TI (Tarjeta de Identidad), al cumplir 18 años, debe realizarse el cambio de tipo de documento en la licencia por CC (Cédula de Ciudadanía).

Traslado de Cuenta:

Debe realizarse cuando se quiere que un vehículo pase de estar registrado en un organismo de tránsito municipal a otro, con el fin de realizar ciertos trámites específicos (Ejemplo: traslado de cuenta de Rionegro a Bogotá).

Radicación de Cuenta:

Se realiza en el organismo de tránsito del municipio para el que se solicitó el traslado de la cuenta, una vez sea notificado de dicho traslado. Nota. El traslado y la radicación de cuenta pueden demorar entre 2 y 3 meses.

Levantamiento de Prenda:

Cuando se obtiene un vehículo a crédito, este queda con un «gravamen a la propiedad» ante el organismo de tránsito. Una vez se ha saldado la deuda, puede realizarse el trámite de levantamiento de prenda.